Qué pasa si no presentas un impuesto a tiempo

Se te ha pasado el plazo del IVA, del modelo 130 o de un resumen anual. Qué pasa depende sobre todo de una cosa: si lo presentas tú antes de que Hacienda te escriba o si esperas a que llegue la carta. Te explicamos los recargos, las multas y cómo pagar lo mínimo.

Por Marc Garcia, socio de ENTarragona3 de noviembre de 20266 min de lectura

Lo primero: no presentar no hace desaparecer el impuesto. Hacienda cruza los datos de tus clientes, tus proveedores y tu banco, y tarde o temprano detecta el modelo que falta. Cuanto antes lo regularices, menos pagas. Y si ya te ha llegado la carta, lee qué hacer con un requerimiento de Hacienda.

Si lo presentas tarde por tu cuenta: recargo

Si presentas fuera de plazo pero antes de que Hacienda te lo pida y sale a pagar, no hay sanción. Pagas un recargo sobre la cantidad que te tocaba ingresar:

RetrasoRecargoIntereses
Hasta 1 mes1%No
Cada mes completo más+1% por mes (hasta el 12%)No
Más de 12 meses15%Sí, desde el mes 13

Ejemplo: un IVA de 1.000 € que presentas a los 40 días lleva un recargo del 2% (20 €). Si pagas ese recargo en plazo, se queda en 15 €.

Si sale a cero o a devolver: multa fija

Muchos autónomos creen que si no tenían nada que pagar, no pasa nada por no presentar. No es así. Una declaración sin importe a ingresar presentada tarde se sanciona con una multa fija:

  • 100 € si la presentas tarde por tu cuenta, sin requerimiento.
  • 200 € si la presentas después de que Hacienda te la pida.
  • En las declaraciones informativas, como el modelo 347, la multa va por cada dato: 20 € por dato, con un mínimo de 300 €, que también se reduce a la mitad si presentas sin requerimiento.

Por eso conviene presentar el modelo 303 o el 130 aunque el trimestre haya salido a cero.

¿Tienes algún modelo sin presentar? Te decimos cuánto te costaría regularizarlo hoy.

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Si esperas a que Hacienda te escriba: sanción

Cuando Hacienda detecta el impuesto que falta y te lo reclama, ya no hay recargo: hay sanción. Si había dinero a pagar, la sanción va del 50% al 150% de lo que dejaste de ingresar, según la gravedad, además de los intereses.

La sanción se puede rebajar: un 30% si estás de acuerdo con la propuesta y un 40% más si la pagas en plazo sin recurrir. Aun así, casi siempre sale mucho más cara que el recargo por presentar tarde por tu cuenta.

Si presentas pero no pagas

Presentar sin pagar es mejor que no presentar, pero la deuda pasa a periodo ejecutivo y se le suma un recargo: 5% si la pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10% si la pagas en el plazo que te marca esa providencia y 20% más intereses si tampoco. Si no puedes pagarlo todo, lo habitual es pedir un aplazamiento o fraccionamiento al presentar.

Cómo evitarlo

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Si lo presentas por tu cuenta, un recargo del 1% más un 1% por cada mes completo de retraso, sin sanción. Si pagas ese recargo en plazo, se reduce un 25%.

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